Extincion de la Accion Penal por pago y dispensa de denuncia por ausencia de dolo

21 agosto, 2018

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Sebastián M. Domínguez

Extincion de la Accion Penal por pago y dispensa de denuncia por ausencia de dolo

La AFIP, a través de la Disposición 192/2018, estableció el procedimiento aplicable para los casos de extinción de la acción penal por pago y dispensa de denuncia por ausencia de dolo.

El nuevo régimen penal tributario creado por la Ley 27.430, dispuso que, en determinados casos de evasión de tributos o recursos de la seguridad social y/o de aprovechamiento indebido de beneficios fiscales, no se efectuará denuncia penal si se cancelan en forma incondicional dichas obligaciones y sus accesorios hasta los 30 días hábiles posteriores al acto procesal por el cual se notifique fehacientemente la imputación penal que se formula.

Por otro lado, también se dispuso la dispensa de formular denuncia penal cuando la conducta del contribuyente que origine la evasión obedezca a cuestiones de interpretación normativa o aspectos técnico-contables de liquidación.

Detallamos las características de la Disposición 192/2018.