A través de la Resolución General 4235, la AFIP ha establecido que la recategorización en el Régimen Simplificado (monotributo) correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, se considerará cumplida en término siempre que el pequeño contribuyente proceda a efectuar la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2018, en los plazos y condiciones que a tales efectos se dispongan oportunamente.
Esta disposición no modifica la existencia de la recategorización cuatrimestral enero a abril 2018 que vence en mayo 2018.
Es decir, implícitamente la situación sería la siguiente:
Todos, en los tres casos, quedarán comprendidos en la recategorización semestral enero/junio 2018, a realizar en julio 2018.
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