España está liderando la implementación de la denominada “Tasa Google” que fuera propuesta, el 21/03/2018, por el Consejo de la Unión Europea para ser adoptada en forma común por los miembros de la Comunidad.
En ese sentido, el viernes 19/10/2018, el Consejo de Ministros de España aprobó un anteproyecto de ley a través del cual se crea un impuesto sobre determinados servicios digitales en los que los usuarios contribuyan en forma significativa al proceso de creación de valor.
Es decir, no se aplicará sobre cualquier tipo de servicio digital sino solamente respecto de los cuales se entiende que la creación del valor de los mismos la dan los usuarios.
Es un nuevo impuesto de tipo indirecto, diferente el IVA que ya se está aplicando, que gravará determinados servicios digitales prestados por empresas con ingresos anuales que superen los 750 millones de euros y con ingresos en España superiores a los 3 millones de euros.
El primer umbral de 750 millones de euros es para que sólo se graven los servicios prestados por grandes empresas quedando al margen de imposición los prestados por pequeñas y medianas empresas como así también las start-ups.
El segundo umbral de 3 millones de euros, limita la aplicación para los casos donde exista una “huella digital significativa” en España.
La alícuota del impuesto será del 3% y se gravará exclusivamente a los servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.
Por ejemplo, quedarán gravados los servicios de publicidad de google y waze y los servicios de intermediación de Airbnb y Amazon pero no estarán los servicios de streaming de películas de Netflix ni los servicios de software de office365 de Microsoft.
En España esperan recaudar alrededor de 1.200 millones de euros al año con este impuesto y ya quieren comenzar a aplicarlo aún cuando no se haya llegado a un consenso unánime de los países miembros de la Comunidad Europea.
El avance de la económía digital no se detiene y cada vez adquiere una mayor dimensión.
La forma en que se desarrollan los negocios digitales está estrechamente vinculada a internet y se pueden realizar a distancia con nula o escasa presencia física en el lugar donde se sitúan los usuarios finales.
Las normas tributarias tradicionales se basan en la idea de que la imposición debe tener lugar donde se crea valor pero por sus característivas se está verificando un desajuste entre el lugar donde se gravan los beneficios y el lugar donde se crea valor, especialmente en los modelos de negocios que dependen en gran medida de la participación de los usuarios.
En consecuencia, los países están analizando como modificar las normas a los efectos de gravar adecuadamente estas actividades digitales.
En ese sentido, la OCDE viene trabajando en la Acción 1 del Proyecto BEPS (Plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios), que se refiere a los desafíos de la economía digital para la tributación de las empresas multinacionales.
El objetivo es alcanzar una solución consensuada y que se implemente en forma multilateral en el año 2020, no obstante lo cual se contempla la posibilidad de que los Estados que lo consideren oportuno tomen medidas de carácter temporal.
Sin embargo, se advierte que eso puede tener consecuencias negativas sobre las inversiones, la innovación, el crecimiento o el empleo.
En este sentido, fue que en marzo de 2018, la Comisión Europea propuso que, mientras se trabaja en una reforma integral para gravar los servicios digitales, se aplique un impuesto provisional que generen ingresos para los países miembros en forma inmediata.
El objetivo es que esa propuesta de impuesto provisioanl sea aprobado en forma unánime el próximo 6 de noviembre de 2018 en la Reunión de Ministros de Economía y Finanzas de la UE (ECOFIN)
.Sin embargo, hay varios países que no estarían de acuerdo en la implementación como Irlanda, Finlandia, Suecia, República checa e incluso Alemania, a lo que se suma la presión de Estados Unidos para que la iniciativa no avance.
Ante este panorama, España ha decidido liderar la implementación de este impuesto, aún cuando no se conoce si los restantes miembros de la Comunidad Europea acordarán en forma unánime su instrumentación.
Esta nota fue realizada el 21/10/2018.