El Ministro Dujovne anunció, en conferencia de prensa el 31 de octubre de 2017, que se eliminarán exenciones en el impuesto a las ganancias sobre determinadas rentas financieras obtenidas por personas humanas residentes en el país.
Recordamos que las rentas financieras obtenidas por sujetos empresa ya estaban gravadas por el impuesto a las ganancias.
Se elimina la exención para:
Se gravarán al 15% a los rendimientos y los resultados de la compra venta de:
Se gravarán al 5% a los rendimientos de instrumentos financieros de renta fija en pesos, sin cláusula de ajuste, como los intereses por depósitos bancarios. No obstante se permitiría al Poder Ejecutivo incrementar la alícuota hasta alcanzar el 15% a medida que baje la inflación
El proyecto de reforma no contempla el ajuste por la inflación, motivo por el cual puede suceder que se deba tributar sobre resultados que no son una ganancia real.
Esta es una crítica importante al proyecto.
Habría un mínimo para estas rentas sobre el cual no se tributaría.
Ese mínimo sería equivalente al Mínimo No Imponible. Se puede tomar como referencia el valor de 2017: $ 51.967.
Dado que los convenios prevalecen sobre la legislación argentina, continuarán exentos del impuesto a las ganancias las rentas y resultados de compra venta de bonos soberanos.
Es muy importante destacar dos cuestiones que NO cambian:
Una vez aprobada la ley y publicada en el boletín oficial, la ley entrará en vigencia. La eliminación de las exenciones debería disponerse desde la vigencia en adelante, aun cuando el impuesto a las ganancias sea un tributo anual.
Pasan a estar gravadas determinadas rentas financieras de personas humanas residentes en el país.
El Ministro Dujovne anunció en conferencia de prensa el 31 de octubre de 2017, que se eliminarán exenciones en el impuesto a las ganancias sobre determinadas rentas financieras obtenidas por personas humanas residentes en el país.
Recordamos que las rentas financieras obtenidas por sujetos empresa ya estaban gravadas por el impuesto a las ganancias.