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Derogación de los beneficios de promoción del empleo de la Ley 26.940

Eliminación computo contribuciones patronales credito fiscal
Eliminación del cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal
21 febrero, 2018
dictamen_procurador_ley_27430_materia_penal
Dictamen del Procurador sobre la ley 27.430 en materia penal
23 febrero, 2018

Derogación de los beneficios de promoción del empleo de la Ley 26.940

derogación beneficios promoción
 

La derogación del Título II de la Ley 26.940.

La Ley 27.430 de reforma tributaria derogó el Título II de la Ley 26.940 que establecía beneficios de reducción de las contribuciones patronales para microempleadores y promocionaba la contratación de trabajo registrado.

A continuación detallamos los efectos que tiene esta derogación de la norma.


Efecto sobre los microempleadores.

  1. Mantienen los beneficios de reducción de las contribuciones patronales hasta el 31/12/2021, respecto de cada una de las relaciones laborales vigentes que cuenten con esos beneficios. A partir del 01/01/2022 ya no estará vigente el régimen para esas relaciones laborales.
  2. Las nuevas relaciones laborales, a partir de la vigencia de la Ley 27.430, no podrán contar con los beneficios de reducción de las contribuciones patronales.
  3. Los microempleadores deberán analizar si continúan encuadrando como tales de acuerdo a su nivel de facturación. Es probable que el monto de facturación no se adecúe año a año, motivo por el cual habrá empleadores que dejarán de gozar de los beneficios por exclusión antes del 31/12/2021.
  4. La Ley contempla la posibilidad de que los microempleadores se excluyan del régimen para optar por computar el mínimo no imponible a los efectos de determinar las contribuciones patronales.
  5. El monto máximo de la cuota con destino al Régimen de Riesgos del Trabajo establecida por el artículo 20 de la ley 26.940 seguirá siendo de aplicación para los microempleadores.

Empleadores comprendidos en el régimen de promoción.

  1. Mantienen los beneficios de reducción de contribuciones patronales, respecto de las relaciones laborales vigentes que cuenten con los beneficios y hasta que venza el plazo de veinticuatro meses.
  2. Las nuevas relaciones laborales, a partir de la vigencia de la Ley 27.430, no podrán contar con los beneficios de reducción de las contribuciones patronales.
  3. La Ley contempla la posibilidad de que se excluyan del régimen para optar por computar el mínimo no imponible a los efectos de determinar las contribuciones patronales.

Convenios de corresponsabilidad gremial

La Ley 27.430 establece que la reducción de las contribuciones patronales establecida en el artículo 34 de la ley 26.940 para los convenios de corresponsabilidad gremial caducará automáticamente al cumplirse el plazo de vigencia del beneficio otorgado a los empleadores.

Vigencia:

Normas vigentes a Febrero de 2018. Alguna norma posterior o novedades jurisprudenciales pueden modificar total o parcialmente la opinión. Si esta información le es de utilidad, podemos asesorarlo.

 

Derogación de los beneficios de promoción del empleo de la Ley 26.940

La Ley 27430 de reforma tributaria, dispuso la derogación  del Título II de la ley 26.940, que estableció el régimen de beneficios de reducción de contribuciones patronales para microempleadores y el régimen de promoción de la contratación de trabajo registrado.