La Ley de emprendedores 27349 establece importantes beneficios para quienes inviertan capital en emprendimientos como así también ha creado un nuevo tipo societario que es la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS).
En consecuencia, es importante tenerla en cuenta en el esquema de una adecuada planificación impositiva.
Dado que se pueden utilizar los beneficios en forma retroactiva, es relevante iniciar los trámites a la brevedad
El beneficio impositivo es que los aportes de inversión en el capital de los emprendimientos pueden ser deducidos de la determinación del impuesto a las ganancias.
Si, hay dos límites que se aplican simultáneamente.
1) La deducción de los aportes no puede superar el 75% o 85% -según el caso- del monto de los mismos y
2) Tampoco puede superar el 10% de la ganancia neta sujeta a impuesto o ganancia imponible, según el tipo de inversor.
En el caso que los aportes superen el 10% indicado, el excedente se podrá deducir en los siguientes 5 ejercicios fiscales inmediatos siguientes a aquel en el que se hubieren efectuado los aportes.
Si, las personas humanas que inviertan en forma directa capital propio en un emprendimiento pueden tener los beneficios de deducción en el impuesto a las ganancias.
Aquellas personas jurídicas que inviertan recursos propios o de terceros en instituciones de capital emprendedor pueden tener los beneficios de deducción en el impuesto a las ganancias.
No. No es necesario que los aportes de capital sean realizados en nuevos emprendimientos para tener los beneficios impositivos.
En consecuencia, los aportes de capital pueden realizarse en un emprendimiento existente con la condición de que no tenga una antigüedad superior a los 7 años.
Si, pero con un límite temporal.
La Ley de emprendedores 27349 permite solicitar la deducción de los aportes realizados en emprendimientos desde el 1 de julio de 2016 en la medida que se obtenga el registro correspondiente dentro de los 90 días de reglamentada la Ley.
Normas vigentes a Octubre de 2017. Alguna norma posterior o novedades jurisprudenciales pueden modificar total o parcialmente la opinión. Si esta información le es de utilidad, podemos asesorarlo.
La Ley establece importantes beneficios para quienes inviertan capital en emprendimientos como así también ha creado un nuevo tipo societario que es la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS).
En consecuencia, es importante tenerla en cuenta en el esquema de una adecuada planificación impositiva.
Dado que se pueden utilizar los beneficios en forma retroactiva, es relevante iniciar los trámites a la brevedad.