La Resolución General (AFIP) 4119-E, estableció que los nuevos montos máximos de facturación, de alquileres devengados, del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales fijas que surjan de la actualización anual prevista en el artículo 52 del Anexo de la ley 24977, son de aplicación a partir del 1 de enero de cada año.
En consecuencia, el Fisco ha publicado los nuevos valores aplicables desde el mes de enero de 2018, inclusive.