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Impuestazo a productos tecnológicos y electrónicos

Impuestazo a productos tecnológicos y electrónicos

Esta columna fue publicada en Iprofesional.com e Iproup.com

El Senado de la Nación aprobó la Ley de Presupuesto 2021 y la giró a la Cámara de Diputados para que incorpore unos Anexos que por error no se habían agregado al proyecto con media sanción.

De esta forma, a partir del 1/1/2021 se incrementarán los impuestos internos a determinados productos electrónicos, entre otros.

Estos productos que hoy están gravados al 10,50% pasarán a estar gravados al 17% y cuando los mismos son fabricados en Tierra del Fuego por empresas beneficiarias del régimen de la Ley 19.640, pasarán del 0% al 6,55%.

El tema es que, como el impuesto interno se aplica sobre el propio impuesto interno, el efecto del incremento es aún mayor.

A continuación detallamos como la alícuota del 17% se transforma en una alícuota efectiva del 20,48% y la del 6,55% se transforma en 7%.

Esto implica que el incremento real de las alícuotas es del 8,75% y 7%, según el origen de los productos.

Por suerte, por ahora, no están dentro de estos productos las computadoras y tablets. Esperamos que no sean incluidas en el futuro ya que son herramientas imprescindibles para la educación y para el desarrollo del país.

Los productos comprendidos, entre otros, son: aires acondicionados, celulares, monitores, proyectores, televisores, equipos de música, hornos microondas, aparatos de calefacción, secadores de pelo, entre otros. 

El detalle es el siguiente:

Por la mecánica del impuesto interno, puede ser que durante los primeros meses de 2021, los comercios continúen vendiendo productos sin el aumento si es que tienen stock de los mismos adquiridos con anterioridad al 1/1/2021.

Sin embargo, la recomendación es adelantar a 2020, las compras que se tenían previstas realizar en 2021.

Este artículo fue escrito el 14/11/2020.