La Ley 27.430 de reforma tributaria, modificó el tratamiento de la renta financiera en el impuesto a las ganancias.
Estas modificaciones tienen efecto para personas humanas (ex personas físicas) y sucesiones indivisas.
En la siguiente nota detallamos el tratamiento que corresponde a cada tipo de activo.
Se detallan, tanto respecto de los rendimientos e intereses como así también los resultados de las operaciones.