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Obligación de emitir Factura M ¿Qué puedo hacer?

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La obligación de emitir Factura M es un problema.

Es muy importante poder continuar emitiendo factura A

Una adecuada planificación fiscal implica estar al día con el conocimiento de las normas y los controles que realiza la AFIP, dado que la falta de cumplimiento de determinados requisitos puede perjudicarnos financiera y económicamente.


Un claro ejemplo es el control que realiza la AFIP para poder continuar emitiendo facturas A y que no disponga la obligación de emitir facturas M.


Este tema es muy importante porque quien recibe una factura M está obligado a retener la totalidad del IVA, salvo que la misma sea por un importe inferior a $ 1.000.


Nosotros podemos asesorarlo y controlar el cumplimiento de los parámetros que analiza la AFIP para determinar la obligatoriedad de emitir facturas M.


La obligatoriedad de emitir facturas M puede generarle problemas financieros y, eventualmente, económicos.


No dude en contactarse con nosotros para lograr que la AFIP modifique su decisión y Ud. pueda volver a emitir facturas A.

A continuación detallamos los aspectos más relevantes del tema:

¿Puedo hacer algo cuando la AFIP disponga que debo emitir obligatoriamente Facturas M?

Si, cuando la AFIP disponga que debo emitir obligatoriamente Facturas M, puedo plantear una disconformidad y, de ser necesario, un recurso de apelación.

Podemos asesorarlo y presentar el recurso para lograr que la AFIP revierta su decisión. Contáctase.

¿Puedo lograr que me autoricen a emitir facturas A o A con pago en CBU?

Si. Podemos lograr que la AFIP revierta su decisión y lo autorice a emitir facturas A o A con pago en CBU, en lugar de las facturas M.

¿Porqué es importante que no esté obligado a emitir facturas M?

Es importante continuar emitiendo facturas A o A con pago en CBU para no sufrir las retenciones del IVA y del impuesto a las ganancias que se les efectúan a las facturas M.

¿Si emito Facturas M estoy sujeto a retenciones?

Si, esta es una de las cuestiones más relevantes por el impacto financiero y, eventualmente económico, que puede sufrir.

Al emitir Facturas M puede estar sujeto a una retención de la 100% del IVA, es decir, su totalidad y del 3% del impuesto a las ganancias.

¿Si emito Facturas M puedo solicitar que no me retengan el IVA y el impuesto a las ganancias?

No. Al emitir Facturas M no se pueden solicitar los certificados de exclusión de los regímenes de retención del IVA ni del impuesto a las ganancias.

¿Qué verifica la AFIP para que pueda continuar emitiendo facturas A?

Para poder continuar emitiendo Facturas A, la AFIP verifica que no se produzcan:

  1. Inconsistencias en la relación entre los montos facturados y la capacidad técnico-económica para realizar las prestaciones de servicios y/o ventas de bienes que se declaran.
  2. Irregularidades o incumplimientos vinculados de las obligaciones fiscales.

¿Cuáles son los controles de sistemas que realiza la AFIP para autorizarme a continuar emitiendo facturas A?

La AFIP analiza 12 parámetros en forma integral para determinar si podemos continuar emitiendo facturas A:


  1. Relación montos de facturación/personal declarado/actividad/es declarada/s.
  2. Relación montos de facturación/acreditaciones bancarias.
  3. Relación montos de facturación/bienes registrables.
  4. Relación montos de facturación/pagos de impuestos realizados.
  5. Calificación asignada por el sistema informático denominado “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.
  6. Información de terceros.
  7. Falta de presentación de declaraciones juradas determinativas.
  8. Falta de presentación del régimen informativo de compras y ventas establecido por la resolución general 3685.
  9. Relación inconsistente entre el débito fiscal y el crédito fiscal del impuesto al valor agregado.
  10. Diferencias relevantes entre el débito fiscal declarado en el impuesto al valor agregado y débito fiscal facturado en forma electrónica.
  11. Inconsistencias en el/los domicilio/s declarado/s.
  12. Antigüedad como empleador.

¿Qué sucede si no supero los controles informáticos?

De no superarse los controles, la AFIP obligará a emitir facturas M en reemplazo de las facturas A.


¿Cómo comunica la AFIP la obligación de emitir Facturas M en reemplazo de las Facturas A?

La AFIP comunica la obligación de emitir Facturas M de la siguiente forma:

  1. Publicación en la página web de la AFIP
  2. A través de los sistemas de autorización de impresión y emisión de comprobantes y del servicio web
  3. En el domicilio fiscal electrónico, en el caso de contribuyentes adheridos al domicilio fiscal electrónico, la notificación se cursará por ese medio.

¿Cómo puedo conocer las causas por las cuales la AFIP me obliga a emitir Facturas M?

Se pueden consultas las causas por las cuales la AFIP me obliga a emitir Facturas M.

Nosotros podemos asesorarlo. Contáctenos.

¿Tengo que cumplir con las disposiciones de alguna norma especial por estar obligado a emitir Factura M?

Si, quienes están obligados a emitir Factura M tienen que cumplir con lo dispuesto por la RG (AFIP) 1575.

Como indicamos al inicio, una adecuada planificación fiscal implica estar al día con el conocimiento de las normas y los controles que realiza la AFIP.

La falta de cumplimiento de determinados requisitos puede perjudicarnos financiera y económicamente.

Nosotros podemos asesorarlo y controlar el cumplimiento de los parámetros que analiza la AFIP para determinar la obligatoriedad de emitir facturas M.

La obligatoriedad de emitir facturas M puede generarle problemas financieros y, eventualmente, económicos.

Podemos lograr que la AFIP modifique su decisión y Ud. pueda volver a emitir facturas A.

Vigencia:

Normas vigentes a Octubre de 2017. Alguna norma posterior o novedades jurisprudenciales pueden modificar total o parcialmente la opinión. Si esta información le es de utilidad, podemos asesorarlo.

 

La obligación de emitir Factura M es un problema.

Es muy importante poder continuar emitiendo factura A.

Una adecuada planificación fiscal implica estar al día con el conocimiento de las normas y los controles que realiza la AFIP, dado que la falta de cumplimiento de determinados requisitos puede perjudicarnos financiera y económicamente.

Un claro ejemplo es el control que realiza la AFIP para poder continuar emitiendo facturas A y que no disponga la obligación de emitir facturas M.

Este tema es muy importante porque quien recibe una factura M está obligado a retener la totalidad del IVA, salvo que la misma sea por un importe inferior a $ 1.000.

Nosotros podemos asesorarlo y controlar el cumplimiento de los parámetros que analiza la AFIP para determinar la obligatoriedad de emitir facturas M.

La obligatoriedad de emitir facturas M puede generarle problemas financieros y, eventualmente, económicos.

No dude en contactarse con nosotros para lograr que la AFIP modifique su decisión y Ud. pueda volver a emitir facturas A.