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El tratamiento de los ADR en el impuesto a las ganancias

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El tratamiento de los ADR en el impuesto a las ganancias

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El tratamiento de los ADR en el impuesto a las ganancias


¿Qué son los ARD?

Los ADR (American Depositary Receipt) son títulos físicos que respaldan el depósito de acciones de compañías cuyas sociedades fueron constituidas fuera de Estados Unidos, en bancos de ese país.

En consecuencia, es posible transar las acciones de las compañías como si fueran del mismo mercado.

Asimismo, este mecanismo permite a cualquier empresa extranjera emitir acciones en la Bolsa de Estados Unidos.


¿Encuadran los resultados de operaciones de ADR en la exención del impuesto a las ganancias?


La Ley 27.430 de Reforma Tributaria reemplazó la exención dispuesta por el inciso w) del artículo 20 de la Ley del Impuesto a las Ganancias.

La pregunta es si los resultados proveniente de operaciones de ADR de empresas argentinas que cotizan en Estados Unidos, por parte de personas humanas, sucesiones indivisas y beneficiarios del exterior encuadran en la exención.


La consulta efectuada a la AFIP en el marco del Espacio de Diálogo con las entidades profesionales.

Las entidades profesionales realizaron la siguiente consulta:

El artículo 20, inciso w), de la LIG establece una exención amplia para la negociación de acciones en la medida en que se cumplan determinados requisitos.

La exención alcanza a las personas humanas residentes, a las sucesiones indivisas radicadas en el país y a los beneficiarios del exterior.

Ahora bien, algunas empresas argentinas cotizan en mercados extranjeros a través de ADR o figuras similares.

Dado que no se advierte con claridad la verificación de alguna de las tres condiciones esenciales para estos instrumentos (segundo párr. del inciso), ¿se considera que igualmente resultan exentas estas operaciones por tratarse de un subyacente que sí las cumple?


El tratamiento de los ADR según la AFIP

El Fisco respondió que los resultados provenientes de operaciones de compra venta de ADR de empresas argentinas que se negocian en mercados no autorizados por la CNV, no encuadran en la exención del inciso w) del artículo 20 de la Ley del Impuesto a las Ganancias.

Para fundamentar su postura, indicó:

  1. El segundo párrafo del artículo 20, inciso w), dispone que la exención solo resultará de aplicación en la medida en que: se trate de una colocación por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores; y/o las operaciones hubieren sido efectuadas en mercados autorizados por ese Organismo bajo segmentos que aseguren la prioridad precio tiempo y por interferencia de ofertas; y/o sean efectuadas a través de una oferta pública de adquisición y/o canje autorizados por la Comisión Nacional de Valores.
  2. Los ADR -American Depositary Receipts- son certificados negociables en las bolsas de EEUU emitidos por bancos de ese país que representan la propiedad de acciones de sociedades no domiciliadas en Estados Unidos.
Vigencia:

Normas vigentes a Marzo de 2018. Alguna norma posterior o novedades jurisprudenciales pueden modificar total o parcialmente la opinión. Si esta información le es de utilidad, podemos asesorarlo.

 

El tratamiento de los ADR en el impuesto a las ganancias